LA PROFESIÓN DEL ABOGADO INTERNACIONAL
Dr. Mauricio Ejchel
MF Ejchel International Family Law
OAB/SP 135.158
Organizar un servicio jurídico internacional exige definir a quién se atenderá, qué actos se realizarán, dónde producirán efectos y cómo se distribuirán las responsabilidades. La dimensión transfronteriza añade cuestiones de habilitación, coordinación y comunicación, pero no sustituye la delimitación del objeto. La atención pierde precisión cuando la idea de una profesión global oculta las diferencias entre asesoramiento, representación, cooperación y ejecución en cada país.
Análisis general de la abogacía: el registro anterior y sus límites
La versión anterior relacionaba la renovación de la abogacía con la incorporación de graduados y la elección entre práctica amplia y concentración en una especialidad. También atribuía una reducción del litigio laboral a cambios legislativos y afirmaba haber realizado una investigación con metodología previamente establecida. El texto conservado no aporta los elementos necesarios para reproducirla, distinguir percepción y medición o demostrar la causalidad afirmada.
El cuadro siguiente conserva íntegramente las clasificaciones publicadas en aquella versión, cuya última modificación registrada es del 24 de mayo de 2022. Esa fecha no se atribuye a la recogida de datos, que no fue identificada. Los 44 registros contienen 43 etiquetas distintas porque Derecho Agrario aparece dos veces. Las expresiones de tendencia no se han convertido en estadísticas actuales de profesionales, demanda o remuneración.
| Área o segmento del original | Clasificación declarada en el original |
|---|---|
| Derecho Civil | estable |
| Derecho Laboral | fuerte descenso |
| Derecho de Familia | alza |
| Derecho Penal | estable |
| Derecho del Consumidor y actuación ante los Juzgados Especiales Civiles (JEC) | alza |
| Derecho Inmobiliario | descenso |
| Cobro de deudas | estable |
| Servicios jurídicos masivos | alza |
| Derecho Empresarial y Mercantil para personas jurídicas | estable |
| Derecho Tributario y Fiscal | estable |
| Quiebras y reorganización judicial | fuerte alza |
| Abogacía preventiva | alza |
| Derecho Digital e Informático | fuerte alza |
| Planificación contable y fiscal | descenso |
| Derecho Contractual | estable |
| Derecho de la Seguridad Social | estable |
| Derecho Bancario | descenso |
| Asesoría jurídica a personas físicas | descenso |
| Abogacía interna de empresas | estable |
| Abogacía pública | estable |
| Derecho Administrativo y de la Competencia | fuerte descenso |
| Abogacía sindical | fuerte descenso |
| Derecho de las Tecnologías de la Información y Criptomonedas | fuerte alza |
| Abogacía especializada ante Tribunales Superiores | alza en el Distrito Federal |
| Propiedad Intelectual, Marcas y Patentes | estable |
| Abogacía electoral | fuerte alza |
| Derecho Ambiental, Forestal y Certificación Forestal | estable |
| Derecho Deportivo | estable |
| Derecho Agrario | estable |
| Mediación, conciliación y arbitraje | descenso |
| Derecho Internacional Privado | fuerte alza |
| Abogacía de relaciones institucionales | descenso |
| Derecho Cooperativo | alza |
| Derecho Minero | estable |
| Derecho Internacional Público | alza |
| Compraventa de empresas y negocios | estable |
| Derecho Marítimo | descenso |
| Derecho Militar | descenso |
| Derecho de las Telecomunicaciones | fuerte alza |
| Derecho Sanitario | alza |
| Derecho Agrario | estable |
| Derecho Aeroespacial | alza |
| Derecho de la Energía | fuerte alza |
| Derechos Humanos | descenso |
Para organizar una práctica, el cuadro tiene valor como repertorio histórico de materias, no como índice de rentabilidad. Reúne categorías sustantivas, tipos de cliente y formas de ejercicio sin una métrica común demostrada. Su lectura no dispensa de identificar el servicio concreto, las exigencias de ejecución y el coste de mantener la estructura necesaria.
La profesión del abogado internacional y la estructura del servicio
Un encargo puede involucrar a una persona con intereses fuera de Brasil, una empresa que negocia con contraparte extranjera o un cliente de otro país sujeto a procedimientos brasileños. Esas situaciones no tienen idéntica arquitectura. Antes de definir equipo y honorarios, deben identificarse los actos pretendidos, los países relevantes, los plazos conocidos y las fuentes que habrán de examinarse.
Operaciones bancarias, adquisiciones y controversias extensas pueden justificar equipos especializados y división de tareas. Una consulta delimitada o un procedimiento de menor alcance pueden admitir otra estructura. El tamaño de la organización no determina por sí solo la adecuación del servicio y un valor económico reducido no implica necesariamente baja complejidad. Deben considerarse capacidad efectiva y responsabilidad, evitando tanto reservar genéricamente todo trabajo internacional a grandes firmas como su aceptación indiscriminada por equipos sin apoyo suficiente.
La participación de profesionales al inicio de su carrera debe relacionarse con la supervisión y la naturaleza de la tarea. El servicio puede comprender investigación, revisión documental, interlocución con colegas o actuación jurídica compatible con la habilitación existente. El material anterior no permite prometer ampliación de clientela a partir de una orientación gubernamental o de la presencia genérica de inversores y pequeñas empresas.
Las dificultades para formar una cartera tampoco autorizan a tratar la contratación como mera competencia comercial por cualquier medio. El Provimento OAB nº 205/2021 exige información objetiva y veraz y prohíbe la captación, mercantilización y promesa de resultados en los supuestos que regula. La estructura del servicio debe comunicarse con precisión, sin convertir expectativas de demanda en argumentos de superioridad profesional.
Áreas de actuación: de la materia al encargo asumido
Contratos, importación y exportación, representación comercial, familia, materia penal y tributación pueden exigir analizar conexiones con varios ordenamientos. Esa conexión debe demostrarse. No todos los registros del cuadro se vuelven internacionales por la mera presencia de un extranjero, ni la amplitud del repertorio acredita dominio personal de todas las materias.
El encargo debe indicar qué parte del trabajo se realizará en Brasil y cuál dependerá de profesionales o autoridades del exterior. Los artículos 1, 3 y 8 de la Ley nº 8.906/1994 establecen el régimen brasileño de actividades reservadas e inscripción. La habilitación nacional no permite prestar todos los servicios regulados en otra jurisdicción; tampoco basta el registro en el país de origen para determinar la actuación de un profesional extranjero en Brasil.
El Provimento OAB nº 91/2000 establece autorización específica para consultoría en derecho extranjero, limitada al derecho del país o estado de origen, y prohíbe asesorar sobre derecho brasileño y ejercer representación judicial. Una red de colaboración debe respetar esa división y las normas de cada lugar, definiendo responsables, interlocución, intercambio legítimo de información y alcance de las entregas.
El artículo 48 del Código de Ética y Disciplina de la OAB recomienda contratar preferentemente por escrito y exige claridad sobre objeto, honorarios, pago y extensión del patrocinio. En el servicio internacional, esa delimitación distingue dictamen, negociación, representación y eventual coordinación con terceros. Recomendar documentación no convierte el contrato escrito en requisito universal de validez de toda consulta.
Formación, salario y cobro de honorarios del exterior
Cualificación para ejecutar el trabajo
Titulación, actualización y experiencia deben evaluarse en relación con el servicio asumido. Especialización, máster y doctorado pueden profundizar conocimientos; no constituyen una secuencia obligatoria para toda práctica internacional ni habilitan automáticamente en otros países. Anunciar una especialidad en Brasil exige observar el artículo 3(III) del Provimento nº 205/2021, que requiere título certificado o notoria especialización.
Las competencias lingüísticas y culturales deben permitir comprender las fuentes y comunicar exactamente las orientaciones. El inglés resulta útil en distintos ámbitos, pero no es requisito legal general de inscripción en la OAB. El intercambio académico y el paso por una gran firma son experiencias posibles, no condiciones universales de acceso. La formación admite distintas estructuras siempre que produzca capacidad efectiva y preserve los límites del ejercicio profesional.
Remuneración y definición contractual
Deben separarse salario, beca, remuneración asociativa e ingresos por honorarios. La antigua indicación de franjas en salarios mínimos y tarifas horarias en dólares no identificaba muestra, fecha, jornada y régimen comparables. Esas cifras no sostienen una expectativa actual de ingresos ni equivalen a mínimo, baremo profesional o presupuesto de un despacho.
La remuneración del ejercicio autónomo depende también del coste de estructura, los gastos, el trabajo efectivamente realizado y las obligaciones aplicables. La facturación no puede presentarse como renta neta y captar clientes no es el único elemento de organización económica. La evaluación debe comprender capacidad de ejecución, continuidad del servicio y riesgos asumidos, sin promesas de ganancias ilimitadas.
El artículo 22 del Estatuto de la Abogacía reconoce honorarios pactados, fijados judicialmente y derivados de la condena de la parte vencida. En la estipulación contractual, los artículos 48 y 49 del Código de Ética regulan claridad y moderación, atendiendo a las circunstancias descritas y al baremo de la Seccional competente. Contratar con un cliente extranjero no crea una tarifa mundial ni dispensa del régimen ético brasileño.
Un precio cerrado exige definir las entregas incluidas y el tratamiento de una ampliación del encargo. La facturación horaria requiere criterios de registro, identificación de actividades y presentación al cliente. La distinción permite comprobar el servicio, no atribuir superioridad a un modelo. Tasas judiciales, traducciones, desplazamientos y servicios de otros profesionales deben tratarse conforme al acuerdo y las normas aplicables.
Atención y documentación del cobro
Las diferencias horarias y lingüísticas aconsejan organizar canales, interlocutores y procedimientos para situaciones urgentes. Pueden acordarse informes semanales, quincenales o mensuales según la naturaleza del trabajo. La nacionalidad del cliente no impone por sí sola periodicidad o disponibilidad permanente, ni permite presumir un patrón uniforme de exigencia entre todos los clientes extranjeros.
La factura y la hoja de horas cumplen funciones propias. La invoice describe el crédito presentado; el timesheet detalla tiempo y actividades cuando sea pertinente al encargo. Ambos deben ser coherentes con el objeto y las entregas, sin sustituir el documento fiscal exigible. El artículo 52 del Código de Ética contiene reglas y límites específicos sobre la factura de honorarios, que no desaparecen por emplear terminología extranjera.
Moneda, entrada de fondos y tratamiento tributario
La estipulación y la liquidación del pago deben examinarse por separado. El artículo 13 de la Ley nº 14.286/2021 permite estipular en moneda extranjera en los supuestos enumerados, incluidas obligaciones con acreedor o deudor no residente, bajo sus condiciones. El contrato debe aclarar moneda, momento y criterio de conversión, forma de pago y costes, sin presumir idéntico encuadramiento para toda relación con una persona de nacionalidad extranjera.
La entrada de fondos exige observar el canal autorizado y los procedimientos de la operación. Deben identificarse tipo de cambio, comisiones e importes efectivamente recibidos, sin calificarlos de necesariamente desfavorables en todos los casos. Tampoco debe afirmarse que todos los ingresos de exportación exigen conversión inmediata en una cuenta brasileña: el artículo 26 de la misma Ley modificó el régimen de la Ley nº 11.371/2006 para permitir mantener recursos de exportaciones en el exterior en los términos legales.
La clasificación tributaria depende de la prestación y del régimen aplicable al contribuyente. El artículo 2(I) y párrafo único de la Ley Complementaria nº 116/2003 resulta especialmente relevante para distinguir, en el ISS, la exportación del servicio desarrollado en Brasil cuyo resultado se produce allí, aunque pague un residente del exterior. El cobro externo no permite inferir exención, incidencia uniforme o porcentaje único debido a la Receita Federal.
Acervo, seguimiento y continuidad de la práctica
Una biblioteca profesional debe servir a los encargos asumidos: legislación y tratados identificados, reglas de habilitación, fuentes institucionales y materiales de investigación con sus respectivos ámbitos. Su utilidad depende de la actualización y del empleo de las fuentes. Reunir documentos o consultar un portal no sustituye verificar si instrumento, autoridad y procedimiento corresponden al caso.
La comunicación facilita la colaboración entre países, pero el servicio sigue sujeto a regímenes jurídicos determinados. La organización profesional debe hacer visibles esos límites, distribuir tareas y permitir al cliente comprender el alcance contratado. La continuidad de la práctica deriva de una ejecución responsable y de la revisión de sus condiciones, sin convertir la movilidad internacional en promesa de prosperidad.
Fuentes oficiales
- Ley nº 8.906/1994, artículos 1, 3, 8–10 y 22: habilitación y honorarios.
- Provimento OAB nº 91/2000: consultoría en derecho extranjero.
- Provimento OAB nº 205/2021: especialidades, información y publicidad.
- Código de Ética y Disciplina de la OAB, artículos 39–49 y 52: comunicación y organización contractual.
- Ley nº 14.286/2021, artículos 13, 14 y 26: pagos y cambio.
- Ley Complementaria nº 116/2003, artículo 2: encuadramiento de la exportación de servicios en el ISS.
Lecturas relacionadas
Los datos de mercado y los modelos económicos se examinan con mayor detalle en La profesión del abogado internacional. Las vías de acceso se abordan en Carrera en Derecho Internacional — Abogado Internacional. El itinerario de formación y habilitación consta en La abogacía internacional: ¿cómo especializarse?